Ante las actuales circunstancias sanitarias, en las que la pandemia de la Covid-19 continúa afectando de manera general a todas las naciones y, de forma particular, también a las distintas poblaciones de nuestra Diócesis, sin que se prevea una pronta solución, y que las autoridades sanitarias aconsejan seguir aún con las medidas de protección individuales y colectivas nos vemos obligados a tomar las medidas oportunas.
Y teniendo en cuenta que dichas medidas afectan especialmente a las actividades que conlleven aglomeraciones de personas, que puedan dar lugar a la proliferación de contagios con las dolorosas consecuencias que, desgraciadamente, continuamos sufriendo.
Considerando la proximidad de las celebraciones de la Cuaresma y de la Semana Santa, una vez oído el Consejo Episcopal y el Secretariado Diocesano para las Hermandades y Cofradías de la Diócesis, así como los distintos Consejos Locales, por medio del presente
DECRETO
1ª.- La suspensión de todos los actos de culto externo, es decir, que tengan lugar en la vía pública, ya sean organizados por las distintas Hermandades y Cofradías de la Diócesis, así como por Parroquias u otros grupos o asociaciones de fieles, tanto los ordinarios como los extraordinarios, desde la promulgación del presente Decreto y mientras se mantengan las actuales circunstancias y no se decrete expresamente lo contrario.
2º.- Que durante la próxima Cuaresma y Semana Santa se celebren con una especial hondura los cultos internos, eucaristías y actos de piedad que estatutariamente se tengan establecidos, siempre teniendo en cuenta las medidas de protección y aforo establecidas tanto por la normativa diocesana como por las autoridades civiles. Esta dolorosa prueba nos ofrece una oportunidad para profundizar en los Misterios que celebramos, para vivir la Semana Santa con mayor intensidad en todas nuestras Hermandades, Parroquias y asociaciones, y para una mayor participación, si cabe, en los Oficios litúrgicos del Triduo Pascual y en todas las celebraciones propias de ese tiempo de conversión y preparación al gozo de la Resurrección de Nuestro Señor.
3º.- Que se eleven constantes preces a Nuestro Señor Jesucristo y a la Santísima Virgen María por el fin de la pandemia y por los más afectados por ella, vivos y difuntos.
4º.- Se faculta al Delegado Episcopal, así como al Secretariado Diocesano para Hermandades y Cofradías, para la aclaración e interpretación del presente Decreto, en aquello que afecte a las Hermandades y Cofradías de la Diócesis. En la Ciudad Autónoma de Ceuta tendrá esta facultad el Vicario Episcopal, así como el Consejo Diocesano de Hermandades y Cofradías de aquella Ciudad.
Exhorto, por último, especialmente a las Hermandades y Cofradías a continuar con la encomiable labor caritativa que vienen desarrollando a favor de los necesitados, especialmente los que están sufriendo las consecuencias de la Covid-19, de modo que, con una caridad que sea expresión viva de su fe y misión evangelizadora, atiendan a los necesitados, tanto en lo referente a la salud como en su situación económica.
Imploro a Nuestro Señor y María Santísima nos ayuden a superar las actuales dificultades y a poner fin a la terrible pandemia que tanto dolor está provocando.
Decreto suspensión cultos externos
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