Hoy traigo unas reflexiones que hago como cristiano ante la ley de la eutanasia, y que ofrezco a todos, por si os sirven para adoptar una postura personal, consecuente con los principios y valores cristianos, humanos y éticos.
Como era previsible el Congreso de los Diputados aprobó la ley de la eutanasia. A mi juicio, ley injusta y con escasa legitimidad democrática, por las circunstancias y el modo de su tramitación, sin solicitar el dictamen del Consejo de Estado, sin atender a las numerosas declaraciones de muy diversas organizaciones como el Comité de Bioética de España, Consejo General de Colegios Médicos, Colegios de Farmacéuticos, Sociedad Española de Psiquiatría, Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad, Sociedad Española de Cuidados Paliativos, Conferencia Episcopal Española… El Gobierno y, peor aún, los representantes de los ciudadanos en la Cortes Generales, en su mayoría, han dado la espalda a la sociedad. Han preferido facilitar la muerte antes que ayudar a las personas en el final de su vida con cuidados paliativos, ampliamente demandados.
Ante esta situación ¿qué podemos hacer los católicos? En modo alguno podemos resignarnos y cruzarnos de brazos sin hacer nada o limitarnos a inútiles lamentaciones. Ante todo hemos de rechazar esta ley como injusta e ilegítima. Así hemos de manifestarlo en nuestro entorno familiar y social. También cuando nos sea posible debemos ofrecer nuestra opinión públicamente mediante cartas al Director en la prensa o en cuantas ocasiones se nos presenten. El Documento de la Conferencia Episcopal Española “Sembradores de esperanza”, que desde hace semanas viene publicando esta Hoja Parroquial, nos da una magnifica información sobre el sentido de la muerte y cómo afrontarlo con la dignidad que corresponde a la persona humana y, por tanto, al cristiano, que nos puede ayudar a formarnos una opinión acertada y a difundirla.
Podemos también hacer llegar a los partidos políticos y a nuestros representantes nuestro rechazo a esta ley. Han de saber que no estamos dispuestos a dar nuestro voto en las diversas elecciones a partidos que defiendan esta ley y por el contrario que estamos decididos a votar a aquellos partidos que se comprometan a derogarla.
Por otra parte nos queda el recurso de hacer un Testamento Vital o Declaración de Voluntad Vital Anticipada. En este Documento, que, debidamente registrado, tiene efecto legal, podremos rechazar que se nos aplique la eutanasia, llegado el momento de nuestro final. Nos protege de una imposición legal contraria a nuestros principios morales. Al mismo tiempo con este acto estamos manifestando a nuestros gobernantes nuestro rechazo a esta ley y nuestra exigencia de una ley de cuidados paliativos, a los que tenemos derecho. Por ello la Conferencia Episcopal Española ha declarado que este es el momento de promover el Testamento Vital o Declaración de Voluntad Vital Anticipada.
La Conferencia Episcopal Española ofrece en su página web: (https://www.conferenciaepiscopal.es/interesa/eutanasia/el-testamento-vital/), un modelo de testamento vital, que habrá que adaptarlo a las normas legales nacionales o autonómicas en caso de que las haya. En el caso de Andalucía hay diversas leyes desde el año 2003 sobre la Voluntad Vital Anticipada, que vienen recogidas en una Guía para hacer la Voluntad Vital Anticipada, que se puede descargar de la web de la Junta de Andalucía:
(https://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/GuiaVVA.pdf)
En cualquier caso quien tuviera dificultad para hacerlo podría recurrir a la ayuda de personas de confianza y seguramente en la propia Parroquia los Sacerdotes o la Pastoral de la Salud de la misma, si existiera, les podrían ofrecer el asesoramiento y la ayuda necesaria para ejecutarla.
Por último no puedo olvidarme de los médicos y del personal sanitario que ante esta ley se pueden encontrar en alguna ocasión ante un dilema ético. Deben saber que la ley en su artículo 16 reconoce el derecho a la objeción de conciencia que debe hacerse anticipadamente y por escrito. Pese a que se pueda tener inseguridad sobre las consecuencias personales o profesionales que podría acarrearles declararse objetor de conciencia, los profesionales católicos deben acogerse a este derecho y asesorarse debidamente para evitar posibles perjuicios, para lo que seguramente encontrarán la asistencia necesaria en los servicios jurídicos de sus respectivos Colegios Profesionales.
No quisiera terminar estas reflexiones sin poner la mirada en Cristo Resucitado, que en los próximos días vamos a contemplar, vencedor de la muerte, que nos sostendrá en esta lucha por la vida hasta que llegue su triunfo final.
Rafael Serrano Molina
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