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miércoles, 15 de julio de 2020

DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA XV. Otras consideraciones en torno al trabajo. El trabajo, título de participación. Por Rafael Serrano

La relación entre trabajo y capital se realiza también mediante la participación de los trabajadores en la propiedad, en su gestión y en sus frutos. Ésta es una exigencia frecuentemente olvidada, que es necesario, por tanto, valorar mejor: debe procurarse que “toda persona, basándose en su propio trabajo, tenga pleno título a considerarse, al mismo tiempo, “copropietario” de esa especie de gran taller de trabajo en el que se compromete con todos. Un camino para conseguir esa meta podría ser el de dar vida a cuerpos sociales intermedios con finalidades económicas, sociales, culturales, que gocen de una autonomía efectiva respecto a los poderes públicos y persigan sus objetivos
específicos manteniendo relaciones de colaboración leal y mutua, con subordinación a las exigencias del bien común, y que ofrezcan forma y naturaleza de comunidades vivas en las que sus miembros sean considerados y tratados como personas y sean estimulados a tomar parte acti- va en dichas comunidades.”
Trabajo y propiedad privada.
El Magisterio social de la Iglesia estructura la relación entre trabajo y capital también respecto a la institución de la propiedad privada, al derecho y al uso de ésta.
La propiedad privada es un elemento esencial de una política económica auténticamente social y democrática y es garantía de un recto orden social. La doctrina social postula que la propiedad de los bienes sea accesible a todos por igual. Pero “la tradición cristiana nunca ha aceptado el derecho a la propiedad privada como absoluto e intocable.”. el derecho a la propiedad privada está subordinado al principio del destino universal de los bienes.
La propiedad privada y pública, así como los diversos mecanismos del sistema económico, deben estar predispuestas para garantizar una economía al servicio del hombre, de manera que contribuyan a poner en práctica el principio del destino universal de los bienes.
El descanso festivo
El descanso festivo es un derecho. “El día séptimo cesó Dios de toda la tarea que había hecho (Gen. 2,2): también los hombres creados a su imagen, deben gozar del descanso y tiempo libre para poder atender a la vida familiar, cultural, social y religiosa. A esto contribuye la institución del día del Señor. Los creyentes, durante el domingo y en los demás días festivos de precepto, deben abstenerse de “trabajos o actividades que impidan el
debido culto a Dios, la alegría propia del día del Señor, la práctica de las obras de misericordia y el descanso necesario del espíritu y del cuerpo”. (Compendio de Doctrina Social de la Iglesia. II, c.6, nn.281-286)
Es muy recomendable releer la Carta Apostólica Dies Domini de San Juan Pa- blo II, de 31 de mayo de 1998 en relación al tema del descanso dominical: “hasta un pasado relativamente reciente, la «santificación» del domingo estaba favorecida, en los Países de tradición cristiana, por una amplia participación popular y casi por la organización misma de la sociedad civil, que preveía el descanso dominical como punto fijo en las normas sobre las diversas actividades laborales. Pero hoy, en los mismos Países en los que las leyes establecen el carácter festivo de este día, la evolución de las condiciones socioeconómicas a menudo ha terminado por modificar profundamente los comportamientos colectivos y por consiguiente la fisonomía del domingo. Se ha consolida- do ampliamente la práctica del «fin de semana», entendido como tiempo semanal de reposo, vivido a veces lejos de la vivienda habitual, y caracterizado a menudo por la participación en actividades culturales, políticas y deportivas, cuyo desarrollo coincide en general precisamente con los días festivos. Se trata de un fenómeno social y cultural que tiene ciertamente elementos positivos en la medida en que puede contribuir al respeto de valores auténticos, al desarrollo humano y al progreso de la vida social en su conjunto. Responde no sólo a la necesidad de descanso, sino también a la exigencia de «hacer fiesta», propia del ser humano. Por des- gracia, cuando el domingo pierde el significado originario y se reduce a un puro «fin de semana», puede suceder que el hombre quede encerrado en un horizonte tan restringido que no le permite ya ver el «cielo». Entonces, aunque vestido de fiesta, interiormente es incapaz de «hacer fiesta»[7].
A los discípulos de Cristo se pide de to- dos modos que no confundan la celebración del domingo, que debe ser una verdadera santificación del día del Señor, con el «fin de semana», entendido fundamentalmente como tiempo de mero descanso o diversión. A este respecto, urge una auténtica madurez espiritual que ayude a los cristianos a «ser ellos mismos», en plena coherencia con el don de la fe, dispuestos siempre a dar razón de la esperanza que hay en ellos (cf. 1 P 3,15). Esto ha de significar también una comprensión más pro- funda del domingo, para vivirlo, incluso en situaciones difíciles, con plena docilidad al Espíritu Santo. 6.Ante este panorama de nuevas situaciones y sus consiguientes interrogantes, pa- rece necesario más que nunca recuperar las motivaciones doctrinales profundas que son la base del precepto eclesial, para que todos los fieles vean muy claro el va- lor irrenunciable del domingo en la vida cristiana.“
Rafael Serrano Molina

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